
"Ecológico" no es una etiqueta: es una responsabilidad legal y científica.
Cuando los inspectores europeos empezaron a probar las vajillas marcadas como "tazas de fibra de bambú" o "platos ecológicos de bambú" no encontraron fibra vegetal inofensiva, sino mezclas ilegales de polímeros plásticos y polvo de bambú.
Este descubrimiento desencadenó una de las acciones coordinadas de mayor alcance de la UE en materia de seguridad alimentaria. Operación Bamboo-zling - y conmocionó a la industria mundial del envasado.












Sí, nuestros contenedores de papel con tapa para alimentos oscilan entre 500 ml y 1.500 ml, con capacidad para varias raciones de comida.
Sí, los cuencos con tapa para llevar pueden utilizarse para contener todo tipo de alimentos, tanto fríos como calientes, como sopas y guisos, evitando al mismo tiempo cualquier derrame o fuga.
Los cuencos biodegradables de nuestra empresa están fabricados con materiales que permiten la biodegradación, como el papel kraft y el cartón. El papel kraft, resistente y duradero, es opaco y aporta una estética natural que los consumidores de esta época deberían aprovechar al máximo, dada la prohibición del plástico de bambú. El cartón blanco ayuda a realzar este aspecto, al tiempo que garantiza la resistencia del cuenco. Además, estos materiales son biodegradables según la norma 100%, por lo que estos cuencos biodegradables de un solo uso se descompondrán en poco tiempo tras su eliminación, reduciendo así la contaminación.
Formaldehído → clasificado como carcinógeno de categoría 1B según el Reglamento (CE) n.º 1272/2008. Melamina → relacionada con la formación de cristales renales en seres humanos. Potencial de migración → aumenta exponencialmente por encima de los 70 °C. Persistencia en el medio ambiente → no es compostable, contamina los flujos de reciclaje; prohibición del plástico de bambú.
Reglamento (CE) n.º 1935/2004 → los materiales en contacto con los alimentos no deben poner en peligro la salud ni inducir a error a los consumidores. Reglamento (UE) n.º 10/2011 → enumera las sustancias autorizadas; el polvo de bambú no figura en la lista, por lo que se prohíbe su uso en plásticos. Reglamento (UE) n.º 2023/2006 de la Comisión → exige el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación (BPF) para todos los materiales en contacto con alimentos. Por lo tanto, añadir polvo de bambú a los plásticos sin autorización equivale a un incumplimiento de la normativa y a un posible fraude.
Joincidir con el movimiento mundial hacia los envases de residuo cero.
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